La AEAT tendrá acceso a la base de datos de los Notarios

La Agencia Tributaria y el Consejo General del Notariado han suscrito a comienzos del año 2020 un Convenio en virtud del cual la AEAT podrá acceder a la información contenida en la Base de Datos de Titularidad Real del Notariado, con la intención de reforzar el control de los entramados societarios de entidades supuestamente independientes y así, poder conocer la persona física que es la titular real de las acciones o participaciones, a través de su porcentaje real de participación (en función de los sucesivos porcentajes de participaciones indirectas).

La aparente falta de conexión entre este tipo de sociedades facilita a quienes las controlan la creación de redes de facturación falsa u operativas fraudulentas como la facturación recíproca para eliminar beneficios del grupo, el desplazamiento ilícito de rentas hacia entidades sin tributación efectiva, la obtención de devoluciones improcedentes o el alzamiento de bienes.

El mecanismo de suministro de la información deberá prever tanto consultas ‘ascendentes’ (a partir de una sociedad, conocer sus propietarios personas físicas), como a la inversa (consultas ‘descendentes’). Esta información estará a disposición de la AEAT en el plazo de 2 meses y se actualizará con una periodicidad mensual.

El Convenio también prevé el suministro a la AEAT de actos y operaciones contenidas en el Índice Único Informatizado Notarial, suministro que se realizará por medios informáticos o telemáticos, con una actualización quincenal de la información. De este modo, la AEAT conocerá los datos identificativos de poderdantes (las personas que otorgan un poder a un tercero para que actúe en su nombre), apoderados y administradores de sociedades, así como las fechas de nombramiento y revocación de esos poderes.

Igualmente, la AEAT tendrá información sobre operaciones de financiación, inmobiliarias, con activos financieros y con otros valores mobiliarios, y también de operaciones en las cuales los intervinientes ante el notario se hayan negado a identificar los medios de pago utilizados, o no los hayan acreditado completamente.

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