Exoneración de Declaración Sociedades

Una de las novedades que había pasado más desapercibidas es que, con la nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades, a partir de 1 de enero de 2015, todas las organizaciones no lucrativas tenían la obligación de presentar Declaración por el Impuesto sobre Sociedades, con independencia de su volumen de ingresos o sus circunstancias concretas.

No obstante, con efectos 1 de enero de 2015, se ha vuelto a cambiar la Ley del Impuesto sobre Sociedades y ahora, las entidades parcialmente exentas, no tienen obligación de presentar declaración si:

     a) Sus ingresos totales no superan 50.000 euros anuales.

     b) Los ingresos correspondientes a rentas no exentas no superan 2.000 euros anuales.

     c) Y todas las rentas no exentas que obtienen están sometidas a retención.

En general, como medida de apoyo a las ONG y otro tipo de organizaciones sin ánimo de lucro, se aprueba la exclusión de declarar por el Impuesto de Sociedades a las entidades e instituciones con ese carácter e ingresos menores de 50.000 euros. Pero esta norma también puede afectar a pequeñas asociaciones de vecinos y entes de carácter municipal.

El objetivo es aliviar del cumplimiento de obligaciones formales a las entidades de menor entidad.

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