Convenio con Andorra

El lunes 7 de diciembre de 2015 se publicó el Convenio de Doble Imposición con Andorra, si bien su entrada en vigor efectiva será el 26 de febrero de 2016, una vez que se ha producido la ratificación por ambos países y han transcurrido tres meses desde la última de las notificaciones.

El Convenio sigue el Modelo de Convenio de la OCDE y mejora el intercambio de información con trascendencia tributaria, incluyendo la bancaria, entre Andorra y España. Ahora, por ejemplo, se puede pedir información concreta sobre determinados colectivos. Así, España podrá solicitar información a Andorra sobre un grupo de residentes en España que tengan suscrito un mismo producto financiero en una entidad bancaria andorrana y que no ha sido declarado a la Hacienda española.

En cuanto al intercambio automático de información fiscal de cuentas financieras, Andorra figura entre los países que se han comprometido a efectuar ese intercambio automático desde 2018. 

Entre los Convenios para evitar la Doble Imposición internacional con cláusula de intercambio de información firmados por España, hay que destacar los firmados con Canadá, Reino Unido, Argentina, Andorra, Estados Unidos e India.

Y entre los acuerdos de intercambio de información, hay que hacer mención especial al firmado con Mónaco y los recientemente firmados con Jersey, Guernsey e Isla de Man.

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